PERMISO DE TRABAJO INDEFINIDO EN PANAMÁ
¿Quiénes pueden aplicar?
Los extranjeros con diez (10) años o más de residencia legal en Panamá pueden aplicar para el Permiso de Trabajo Indefinido.
El período de diez años se contabiliza a partir de la fecha de la resolución emitida por el Servicio Nacional de Migración que otorgó el Permiso Provisional de Permanencia.
Además de los requisitos generales, el solicitante deberá presentar:
- Certificación de Movimiento Migratorio.
- Cualquiera de los siguientes documentos:
- Carta de trabajo y ficha de la Caja de Seguro Social.
- Declaración de renta.
- Aviso de Operación a título personal.
Cuando el extranjero ingresa al país siendo “menor de edad”, los diez años se computarán desde su fecha de ingreso al territorio nacional, lo cual deberá acreditarse mediante la Certificación de Movimiento Migratorio, incluyendo los requisitos generales.
Este permiso está clasificado como equivalente a mano de obra local, lo que significa que su contratación no se contabiliza dentro de los porcentajes de trabajadores extranjeros establecidos por el Código de Trabajo. Por lo tanto, para efectos laborales y de planilla, el titular del Permiso de Trabajo Indefinido recibe un tratamiento similar al de un trabajador panameño.
Beneficios principales
A continuación los beneficios principales:
- No forma parte de la cuota de trabajadores extranjeros de la empresa.
- Amplía las oportunidades de empleo.
- Brinda mayor libertad laboral, ya que no está vinculado a un empleador específico.
- No requiere renovaciones, pues se otorga de manera indefinida.
Limitaciones
Es importante señalar que aunque se considere mano de obra local, el extranjero no podrá ejercer profesiones reservadas por ley exclusivamente a nacionales panameños, ni aquellas que requieran una idoneidad profesional que legalmente no puedan obtener.
