Nuevas regulaciones migratorias para Venezolanos no residentes
VENEZOLANOS NO RESIDENTES QUE ENTREN A PANAMÁ DEBEN SOLICITAR VISA ESTAMPADA ANTE OFICINA CONSULAR PANAMEÑA
Mediante Decreto Ejecutivo No. 77 se deroga el Decreto que creaba la oficina de Asuntos Humanitarios para residentes venezolanos, para la atención a solicitudes de reagrupación familiar por motivos humanitarios y de unión familiar.
Al ser eliminada la visa de reagrupación familiar, todos los extranjeros de nacionalidad venezolana NO RESIDENTE que requieran ingresar a la
República de Panamá deberán solicitar Visa Estampada ante la Oficina Consular de Panamá en el país en que se encuentren o a través de un abogado dentro del territorio panameño.
Quedan exceptuados los extranjeros de nacionalidad venezolana que posean visa múltiple y utilizada de manera previa en el estado otorgante y su vigencia no sea inferior a 6 meses al momento de ingresar al territorio panameño o, residencia vigente, debidamente expedida de los siguientes países: Canadá, Estados Unidos de América, Mancomunidad de Australia, Rep. de Corea, Estado del Japón, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Rep, de Singapur y cualquiera de los Estados que conforman la Unión Europea.
Por: Chantall Santos